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En Cuba, a partir de enero de 1959, se inició la confiscación de las propiedades a malversadores, torturadores, a personeros de la tiranía de Batista que dejaron en la miseria al pueblo de Cuba.
Entre los sustentos legales de tal política figura los principios del Derecho Internacional, muchos de los cuales quedaron incluidos años después en la Carta de derechos y deberes económicos de los Estados (Resolución 3281, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 12 de diciembre de 1974), donde se establece que: “Todo Estado tiene el derecho soberano e inalienable de elegir su sistema económico, así como su sistema político, social y cultural, de acuerdo con la voluntad de su pueblo, sin injerencia, coacción ni amenaza externas de ninguna clase”.
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